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PRESENTACION

En las sociedades democráticas las Asociaciones son uno de los agentes de transformación social que suponen actualmente un referente indispensable para actuar sobre la realidad.
La Diputación Provincial de Almería para contribuir a modificar la realidad de desigualdad que padecen las mujeres, quiere contar con las Asociaciones de Mujeres como interlocutoras idóneas, ya que:

  • Pueden transmitir un conocimiento constante y dinámico de las problemáticas de las mujeres de nuestra provincia.
  • Pueden sugerir medidas destinadas a mejorar y potenciar su bienestar social y su calidad de vida.
Por ello, en 1997 se creó el Consejo Sectorial de la Mujer, que ofrece a las Asociaciones de Mujeres la posibilidad de participar de manera estable y directa en la elaboración de las políticas de igualdad de nuestra provincia.
¿QUÉ ES EL CONSEJO PROVINCIAL DE MUJERES?
Órgano complementario de la Diputación de Almería, de carácter consultivo e informativo, creado como cauce de comunicación entre la ciudadanía y la Administración Pública.
¿ QUIÉN PUEDE PERTENECER AL CONSEJO PROVINCIAL?
Asociaciones de mujeres y todas aquellas entidades cuyo fin social sea la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres que tengan domicilio social en la provincia.
¿ PARA QUE?
Conocer las demandas y necesidades de las mujeres de nuestra Provincia.
Canalizar y facilitar la participación de las Asociaciones de Mujeres.
Ofrecer a estas asociaciones y entidades la posibilidad de participar de manera estable y directa en la elaboración de políticas de igualdad en nuestra provincia.
¿ QUIÉN COMPONE ESTE CONSEJO PROVINCIAL DE MUJERES?
    PRESIDENTE/A de la Diputación de Almería.
    VICEPRESIDENTE/A.
    JUNTA DE GOBIERNO: Con representación de los diferentes grupos políticos de la Corporación.
    PLENARIO: Donde, además de los anteriores, estarán representantes de las asociaciones y de otras Administraciones Públicas que hayan manifestado su voluntad de pertenecer a este Consejo. Se reúne al menos dos veces al año y se renueva totalmente cada vez que hay elecciones municipales.
¿DÓNDE DIRIGIRSE PARA OBTENER MAS INFORMACIÓN?
Servicio Provincial de Mujeres C/ Marín nº 1-1. 04071 Almería.
Tlf: 950-261155 . FAX: 950-263663. e-mail: mujer@dipalme.org
Web:www.almeriamujer.or

CONSEJO PROVINCIAL DE MUJERES



AULA DE IGUALDAD

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REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO PROVINCIAL DE MUJERES
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO PROVINCIAL DE MUJERES DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA.

(Aprobado por el Pleno de la Diputación Provincial de Almería 27 de marzo de 1998, modificado con fechas 27 de septiembre de 2004 y 3 de noviembre de 2005)




EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En diciembre de 1978. la promulgación de la Constitución Española supuso el reconocimiento de la igualdad ante la Ley de hombres y mujeres como uno de los principios inspiradores de nuestro ordenamiento jurídico.

La citada Norma Fundamental reconoce la responsabilidad de todos los poderes públicos sobre la problemática social, postulando un nivel de intervención de todas las Administraciones Públicas, que garantice un Estado Social (art.39 y 40).

Asimismo, reconoce la obligación de todos los poderes públicos de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas (art.9.2.).

La Administración Local juega un papel cada día más importante en el fomento de las condiciones que favorecen una verdadera igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; y, ello, por ser la Administración más cercana a las necesidades e intereses de los ciudadanos.

La Diputación Provincial de Almería que, desde el año 1987, viene impulsando actuaciones dirigidas a corregir la desigualdad y desarrollar la promoción social de las mujeres, ha aprobado la “Estrategia Marco para la Igualdad entre Mujeres y Hombres de la Provincia de Almería 2004-2007” que incluye el “Área de Asociaciones” con el objetivo general de favorecer la participación de las mujeres a través del asociacionismo y del Consejo Provincial de Mujeres, en el cual están representadas las asociaciones de mujeres de la provincia, constituyendo un órgano fundamental a la hora de abordar políticas integrales para la mujer a nivel local.

El Consejo Sectorial de la Mujer (Consejo Provincial de Mujeres) fue creado por acuerdo de Pleno de la Diputación Provincial el día 27 de junio de 1997. Transcurridos más de seis años desde la entrada en vigor del Reglamento que regula su régimen interno, el cual fue aprobado por el Pleno de la Diputación Provincial de Almería en la sesión ordinaria celebrada el 27 de marzo de 1998, se hace necesaria su modificación con una doble finalidad: por un lado, regular de forma más detallada su funcionamiento, competencias y composición, dando como resultado una estructura organizativa que mejore el cauce de comunicación entre la Diputación Provincial de Almería y el sector de población a que representa el Consejo; y por otro, dar respuesta a los objetivos de la Estrategia Marco para la igualdad entre mujeres y hombres de la provincia (aprobada por el Pleno de la Diputación Provincial el 27 de febrero 2004), mediante la participación de la entidades asociativas que integran el Consejo en el desarrollo de políticas de igualdad en nuestra provincia.

El Plenario del Consejo Sectorial de la Mujer (Consejo Provincial de Mujeres), en sesión celebrada el día 26 de mayo de 2004, acordó elevar al Pleno de la Diputación Provincial de Almería la propuesta de modificación del Reglamento, siendo aprobada por la Corporación Provincial en sesión celebrada el día 24 de septiembre de 2004 y publicada en el BOP núm. 208 de fecha 27 de octubre 2004.

Por último, por acuerdo de Pleno de la Diputación Provincial de Almería de fecha 3 de noviembre de 2005, se aprobó la modificación del nombre del Consejo Sectorial de la Mujer por el de Consejo Provincial de Mujeres, por entender que la citada denominación responde más a la naturaleza de dicho órgano.





CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES


ARTÍCULO 1.- NATURALEZA JURÍDICA.

El Consejo Provincial de Mujeres, aprobado por Acuerdo de Pleno de 27 de junio de 1997, es un órgano complementario de la Diputación Provincial de Almería, de carácter consultivo e informativo, adscrito al Área de Mujer, Familia y Juventud, a través del cual se canaliza la participación de Federaciones, Asociaciones y Secciones de mujeres que tengan domicilio social en la provincia de Almería y cuyo objeto esté relacionado con la promoción de la igualdad de oportunidades entre Mujeres y Hombres.

ARTÍCULO 2.- ÁMBITO DE ACTUACIÓN.

El ámbito de actuación del Consejo es la provincia de Almería, sin perjuicio de que puedan constituirse grupos de trabajo cuyo ámbito de actuación sea uno o varios términos municipales.

Tendrá su sede administrativa en las dependencias del Área de Mujer, Familia y Juventud de la Diputación Provincial de Almería.


CAPITULO II: ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIEMIENTO


ARTÍCULO 3.- ÓRGANOS.

El Consejo Provincial de Mujeres se encuentra articulado a través de los siguientes órganos de funcionamiento:

· El/La Presidente/a del Consejo.
· El/La Vicepresidente/a del Consejo.
· La Junta de Gobierno.
· El Plenario.
· Comisiones de trabajo.
· El/la Secretario/a.
·
ARTÍCULO 4.- EL/LA PRESIDENTE/A.

La presidencia del Consejo le corresponde al Excmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial, a quien corresponde las siguientes funciones:

a) Dirigir y ostentar la representación del Consejo.
b) Acordar la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias, y la fijación del orden del día.
c) Presidir las sesiones y moderar el desarrollo de los debates.
d) Dirimir los empates con su voto de calidad.
e) Visar las actas y certificaciones de los acuerdos.
f) Requerir la presencia en el Consejo de asesores técnicos para informar sobre aquellos asuntos que, por su naturaleza, así se requiera.
g) Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidente del órgano.

En caso de vacante, ausencia, enfermedad y otra causa legal, el Presidente del Consejo será sustituido por el/la Vicepresidente/a.

ARTÍCULO 5.- EL/LA VICEPRESIDENTE/A

El Presidente podrá delegar las funciones de la Presidencia en el/la diputado/a provincial del Área a la que esté adscrito el Consejo.

Cuando la delegación sea permanente, dicho/a diputado/a ostentará la condición de Vicepresidente/a primero/a del Consejo.

El Presidente podrá, asimismo, nombrar un/a Vicepresidente/a Segundo/a de entre los miembros de la Corporación Provincial con voz y voto.

El/la Vicepresidente/a tendrá funciones ejecutivas y de coordinación, pudiendo sustituir al Presidente cuando éste le delegue expresamente.

ARTÍCULO 6.- LA JUNTA DE GOBIERNO

La Junta de Gobierno estará integrada por:

· El/La Presidente/a del Consejo.
· El/La Vicepresidente/a del Consejo, en su caso.
· El/la Jefe/a del Servicio Provincial de Mujeres de la Diputación Provincial.
· Un representante de cada uno de los grupos políticos con representación en la Diputación Provincial.
· Dos representantes, por las Asociaciones, Federaciones y Secciones que forman parte del Consejo.

Como Secretario/a actuará con voz y sin voto el del Plenario.

ARTÍCULO 7.- COMPETENCIAS DE LA JUNTA DE GOBIERNO.

Son competencias de la Junta de Gobierno:

a) La asistencia al Presidente en el ejercicio de sus funciones.
b) Presentar y proponer al Plenario el Programa y la Memoria anual de Actividades.
c) Elaborar informes sobre gestión, seguimiento y evaluación de los planes y programas en ejecución.
d) Coordinar las tareas y conclusiones de las Comisiones de trabajo que pudieran crearse.
e) Proponer las medidas necesarias dirigidas a asegurar el cumplimiento de los fines del Consejo Sectorial.
ARTÍCULO 8.- REGIMEN DE SESIONES.

La Junta de Gobierno se reunirá, al menos, tres veces al año, pudiendo ser convocadas extraordinariamente cuantas veces sea necesario, a iniciativa propia de la presidencia o a solicitud de un tercio de sus miembros.

A las sesiones de la Junta de Gobierno podrá asistir con voz, pero sin voto, y por invitación de su Presidente/a, las personas que resulten de interés por razón del tema a tratar.

Las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno se celebrarán con carácter previo a las sesiones ordinarias del Plenario.

ARTÍCULO 9.- CONVOCATORIA DE LAS SESIONES

La convocatoria de las sesiones será realizada por el/la Secretario/a por orden del la presidencia, con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, y deberán contener el orden del día, lugar, fecha y hora de la reunión en primera y segunda convocatoria.

ARTÍCULO 10.- CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO

Para la válida constitución de la Junta de Gobierno será necesaria la asistencia de la mayoría simple de sus componentes. Si no existiera quórum, se constituirá en segunda convocatoria, media hora después de la señalada para la primera, siendo suficiente la asistencia de la tercera parte de sus miembros y, en todo caso, un número no inferior a tres.

ARTÍCULO 11.- ADOPCIÓN DE ACUERDOS

Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los asistentes, dirimiendo los empates el/la Presidente/a con su voto de calidad.

La votación será a mano alzada, salvo que alguno de los miembros presentes solicite expresamente que sea secreta en cuyo caso se someterá a consulta esta forma de votación, debiendo contar con el respaldo de la mayoría absoluta de los asistentes a la sesión.

ARTÍCULO 12.- EL PLENARIO

El Plenario estará compuesto por:

· La Junta de Gobierno.
· Un/a representante por cada una de las entidades asociativas de mujeres o secciones de dichas entidades que, teniendo su domicilio social en la provincia de Almería, sean miembros del Consejo.
· Un/a técnico/a representante del Servicio Provincial de Mujeres de la Diputación Provincial.
· Un/a representante de cada una de las Administraciones Públicas con competencias en cada una de las áreas de intervención del Consejo (Salud, educación, cultura, deporte, servicios sociales, vivienda...)
· Un/a representante de cada uno de los Consejos Locales de Mujeres existentes en la provincia.
· Un/a representante de las organizaciones sindicales, designado/a por cada uno de los sindicatos mayoritarios.
· Dos representantes designados por la organización empresarial intersectorial más representativa”.

Podrán incorporarse a las reuniones del Plenario, con voz pero sin voto, representantes de otras entidades ciudadanas, cuando se aborden temas directamente relacionados con sus fines e intereses.

Como Serecterio/a actuará el Secretario/a General de la Diputación Provincial o, en su caso, el funcionario en quien delegue, quien actuará con voz pero sin voto.

ARTÍCULO 2.- REQUISITOS DE LOS MIEMBROS DEL PLENARIO

Las Entidades y órganos representados en el Plenario del Consejo deberán reunir los siguientes requisitos:

1º Las Federaciones y Asociaciones

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro que, en cada caso, corresponda.
b) Desarrollar actividades relacionadas con la promoción de igualdad de oportunidades entre hombre y mujer.
c) No perseguir fines lucrativos.
d) Contar con una estructura interna y un régimen de funcionamiento democrático, en el marco del ordenamiento legal vigente.

2º Las secciones de mujeres de asociaciones de carácter social legalmente constituidas

a) Tener plena autonomía funcional en todo lo que afecte al estudio, información, programación y dirección de actividades de mujeres.
b) Estar representadas por órganos propios con capacidad de relación y representación ante terceros.
c) Cumplir las condiciones de los apartados b), c) y d) del apartado 1º.

3º Los Consejos Locales de Mujeres

a) Estar constituidos mediante acuerdo de Pleno del Ayuntamiento al que pertenezcan.
b) Tener su ámbito de actuación en un término municipal de la provincia de Almería.
c) Tener aprobadas sus normas de funcionamiento conforme a la legislación vigente.
ARTÍCULO 3.- NOMBRAMIENTO DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO

Cada una de las entidades asociativas que integran el Consejo elegirá de forma democrática un/a representante que pasará a formar parte del Plenario en calidad de vocal de la entidad a la que represente.

Los nombres de las personas designadas para formar parte del Consejo Provincial de Mujeres, en representación de cada una de las entidades que lo integran, serán comunicados por éstas, a través del Registro General, al Presidente de la Diputación Provincial, que procederá a su nombramiento.

La condición de los miembros del Consejo concluirán con el mandato de la Corporación Provincial. No obstante, dejarán de desempeñar dichas funciones cuando dejen de ocupar el cargo o realizar la actividad que motivó su designación.

La renovación de la Corporación Provincial, comportará la de todos los cargos que forman el Consejo Provincia de Mujeres.

A propuesta del Plenario, podrán asistir a las sesiones del Consejo, aquella persona o personas cuya asesoría técnica se considere conveniente, en relación con la naturaleza de los asuntos a tratar. Las mismas participarán con voz pero sin voto.

La incorporación de nuevos miembros al Consejo se realizará durante todo el año, excepto durante los quince días inmediatos anteriores a la celebración de cada sesión ordinaria del Plenario del Consejo Provincial de Mujeres.

Los futuros miembros de nuevo ingreso podrán asistir con voz pero sin voto hasta su incorporación en la forma prevista en el párrafo anterior.

En caso de ausencia o de enfermedad y, en general, cuando concurra una causa justificada, los/as vocales de la Junta de Gobierno y del Plenario, serán sustituidos por los suplentes elegidos al efecto.

ARTÍCULO 13.- CESE DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO

Los miembros del Consejo cesarán por alguna de las causas siguientes:

a) Por expiración del plazo de su mandato, o disolución de la Entidad a la que representa.
b) Por acuerdo del órgano competente de la organización o Entidad a la que represente.
c) Por renuncia aceptada por el órgano competente de la organización o Entidad a la que represente.
d) Por fallecimiento.
e) Por incapacidad o inhabilitación judicial.

En todos los casos, el cese deberá ser comunicado por escrito de la Entidad u organización afectada, dirigido al Presidente de la Diputación Provincial y conteniendo, a su vez, el nombre del nuevo representante de la misma.

ARTÍCULO 14.- COMPETENCIAS DEL PLENARIO

Corresponde al Plenario:

a) Emitir los informes que les sean solicitados por la Administración Pública o que se acuerden en el seno del Consejo, así como formular propuestas en relación a la consecución de igualdad de oportunidades entre Hombre y Mujer.



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DOCUMENTOS A APORTAR POR LAS ASOCIACIONES DE MUJERES

PERTENECER AL CONSEJO

    1. Solicitud de formar parte del Consejo Provincial de Mujeres. (VER MODELO)
    2. Fotocopia de los estatutos.
    3. Fotocopia de inscripción en el Registro de Asociaciones.
    4. Fotocopia del D.N.I. de la Presidenta.
    5. Fotocopia del C.I.F.
    6. Fotocopia del D.N.I. de la representante y de la suplente.
    7. Fichas de Terceros (Datos Generales y Datos Bancarios)
      • De la Asociación.
      • De la representante del Consejo Provincial de Mujeres.
      • De la suplente de la representante del Consejo Provincial de Mujeres.
          (VER MODELOS DE FICHAS DE TERCEROS)
    10. Certificado de la Secretaria de la Asociación de Mujeres en el que conste la celebración de la Asamblea en la que se acuerda la pertenencia al Consejo Sectorial de la Mujer, designación de vuestra representante y suplente y nombre y apellidos de la presidenta.
    (VER MODELO)
Solicitud para pertenecer Consejo Sect.doc
Certificado Secretaria.doc
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CONSEJO PROVINCIAL DE MUJERES
c/ Marin,1-1º. Telf.: 95026 11 55
ASOCIACIÓNES DE MUJERES
DOMICILIO SOCIAL
MUNICIPIO
C.P
INFORMACION ADICIONAL
ABULA DE ARCA
C/ PASEO SAN SEGUNDO, 5
ABLA
04510
ALALBA
PASEO SAN SEGUNDO, 5
ABLA
04510
EL CASTILLEJO
C/ JUAN MARTÍNEZ, 3
ABRUCENA
04520
AMAS DE CASA INMACULADA
Apartado de correos 70
ADRA
04770
AZACAYA
C/ DEL RASTRO, 14,
ALBOLODUY
04531
AMM AZACAYA ALBOLODUY.doc
ALCOLEA PEQUEÑA FORTALEZA
C/ REAL, 36
ALCOLEA
04480
ASMUHÍ
C/ LA IGLESIA, 2
ALCONTAR (HIJATE)
04898
AMM  ASMUHI  HIJATE-ALCONTAR.doc
MUJERES EN MARCHA
C/ SAN ANTONIO, 47
ALHAMA
04400
LA PUENTE
C/ CUATRO CAMINOS, 11
ALHAMA
04400
AMM  LA PUENTE  ALHAMA DE ALMERÍA.doc
ADAAL (ASOC. MUJERES ARTESANAS DE ALMERIA)
C/ SAGUNTO, 8 5º-4
ALMERIA
04004
ALMUR (MUJERES EMPRESARIAS)
PASEO DE ALMERIA, 69,7º
ALMERIA
04001
NEBI CALLI
C/ LASTRE, 20
ALMERIA
04002
ASOC. NEBI CALLI.doc
AMAL ANDALUZA ALMERIA
C/ TARANTO, 25 BJ
ALMERIA
04009
AMAMA
C/ GONZALEZ GARBIN, 17, 1º- 2
ALMERIA
04001
AMAR
C/ REAL, 80 BJ. IZQDA.
ALMERIA
04002
AIMUR
AVENIDA PABLO IGLESIAS, 44, 1º
ALMERÍA
04003
AMM  AIMUR ALMERÍA.doc
APRAMP ALMERÍA
C/ MURCIA, 1 ENTRESUELO E;
ALMERÍA
04004
AMM APRAMP ALMERÍA.doc
ATALANTA
C/ HERMANOS MACHADO, 18 BJ
ALMERIA
04004
ASOCIACIÓN COOP E INVESTIGACIÓN DE LA MUJER Y NIÑO(ACOOIMNA)
C/ GENERAL LUQUE, 7 1 1-5
ALMERIA
EL MUNDILLO
C/ AZORÍN, 10 Edif. Anfersa, 3º
ALMERIA
04005
ISABEL BAYONAS
ALMERIA
LUNA
PLZA. PARQUE GENERALIFE, 31
ALMERIA
04006
AMM  LUNA ALMERÍA.doc
MOMENTOS DE SABILA
APDO. DE CORREOS 10.002
ALMERIA
MUJERES JURISTAS DE ALMERIA
C/ HERMANOS MACHADO, 18, 2º- A
ALMERIA
04004
SECCIÓN MUJERES VECINALES DE ALMERÍA
C/ INFANTE, 16 BAJO
ALMERÍA
04005
RENACER
C/ CAMPOHERMOSO, S/N
ALMERÍA
VIRGEN DEL MAR (ASOC. CULTURAL DE VIUDAS)
PASEO DE ALMERIA, 79,1º-1
ALMERIA
04001
AMM VIUDAS VIRGEN DEL MAR ALMERÍA.doc
VIRGEN DEL MAR (ASOC. PROV. DE AMAS DE CASA, CONSUM. Y USUARIOS)
AVENIDA DE LA ESTACIÓN, 8, 1º- 1 (APDO. 565)
ALMERIA
04005
AMM PROV.ACCU  VIRGEN DEL MAR ALMERÍA.doc
DERECHO A TU MATERNIDAD
C/ MINAS DE GÁDOR, 12 6º DCHA.
ALMERIA
04009
CULTURAL DE MUJERES CATALINA CAMPOS
C/ BUEN AMIGO, 49
ALMERIA
04009
LUZ DE ALMERÍA
C/ CORONA, 7
ALMERÍA
(EL ALQUIAN)
04130
NAQUIAL
APTO. CORREOS 45 (También Plaza de La Iglesia s/n, Centro San Bernardo)
ALMERIA
(EL ALQUIAN)
04130
AMM  NAQUIAL EL ALQUIÁN ALMERÍA.doc
SAN GUILLERMO (ASOC. A.C. Y C.F.)
C/ LA PALMERA, 43 BAJO
RUESCAS (NIJAR)
04150
FUENTE DE LOS NARANJOS
C/ REAL, 5
ALMOCITA
04458
NAVEA(ALSODUX)
CARRERA DEL MAMÍ, 30 3 B
ALMERÍA
04009
PROGRESISTAS DE BACARES
PLAZA FILABRES, 7
BACARES
04889
BAYARCAL LA INMACULADA
C/ GRANADA, 27
BAYARCAL
04479
QUEYARBA
C/ BENIGNO ASENSIO, 6
BAYARQUE
04880
ALGARROBERAS
C/ LA LUNA S/N
BEDAR
04288
BENARAX
C/ FRONTÓN DE PELOTA S/N
BENAHADUX
04410
VIRGEN DE LA CABEZA
PLAZA MAYOR S/N
BENIZALÓN
04276
AZUCENA DE ANDARAX
C/ ERILLA, 17
BEIRES
04458
SILISQUE NEBI
C/ LA CAÑADA, 34
BERJA
04760
ASOC. CULTURAL LA ANUNCIACIÓN
PLAZA DE LA CRUZ, 1
BERJA
04760
AMM  LA ANUNCIACIÓN BERJA.doc
AMAS DE CASA Y CONSUMO FAMILIAR DE BERJA
C/ PARDO, 1
BERJA
04760
ASOCIACIÓN PARA EL PROGRESO DE BALANEGRA
C/ RIO SEGURA, 15
BALANEGRA
04713
AMM PAZRA EL PROGRESO DE BALANEGRA- BERJA.doc
NUEVOS HORIZONTES
C/ CANTON TRIFULCAS S/N
CANJAYAR
04450
AMIGAS DEL ALMANZORA
C/ CUESTA, S/N
CANTORIA
04815
EL VALLE
C/ ROMERO, S/N, BAJO
CANTORIA
04850
MARIANA PINEDA
C/ CASTILLO, 1
CARBONERAS
04140
AMM MARIANA PINEDA CARBONERAS.doc
LAS PACHUECAS
C/ PILAR, 1
CASTRO DE FILABRES
04212
NUEVO YERKU
C/ LOS MOLINOS, 10
CHERCOS
04859
AMM  NUEVO YERKU CHERCOS.doc
AMUCHI
AVENIDA ANDALUCIA, 138
CHIRIVEL
04825
AMM  AMUCHI CHIRIVEL.doc
DALAYAT
C/ IGLESIA, S/N
DALIAS
04750
AFAMMER
C/ GAMMA, 13
EL EJIDO
04700
ROSA CHACEL
C/ TIZIANO, 4
EL EJIDO
04700
AMAS DE CASA MALERVA
PLZA. DE LA TORRE, 10;2º B
EL EJIDO (BALERMA)
04712
AMM  MALERVA BALERMA-EL EJIDO.doc
NORIAS DE DAZA
SOPORTALES, 16
EL EJIDO (LAS NORIAS)
04716
LA ALDEILLA
C/ ARAGÓN, 52
EL EJIDO (SANTA Mª DEL AGUILA)
04710
VILLA DE GADOR
AVDA. DEL PRIVILEGIO, S/N
GÁDOR
04560
NACIDA DEL MAR
C/ LUCIO, 1 2º-B
GARRUCHA
04630
OLMOS PLAZA VIEJA
C/ SEBASTIAN PEREZ, 155
GERGAL
04550
LOS MOLINICOS
C/ REAL S/N
HUECIJA
04409
COALMAMA
PROLONG. C/ MERCADO, 1 1º D
HUÉRCAL OVERA
04600
MUJERES DE OVERA
C/ LOS MENAS, 70
HÚÉRCAL OVERA
04600
NUEVA FORMAS
C/ SAN ANTONIO, 1
ILLAR
04431
PIEDRA ALTA
AVDA. DE ANDALUCIA, 10
INSTINCIÓN
04430
AMM  PIEDRA ALTA INSTINCIÓN.doc
LOS TRES PEÑONES
C/ ANGEL (CENTRO SOCIAL)
LUBRIN
04271
EL TRANCO
BARRIADA RAMBLA ALJIBE, S/N
RAMBLA ALJIBE-LUBRÍN
04271
LUCANIUS
C/ BILBAO S/N
LUCAINENA DE LAS TORRES
04210
CULTURAL DE LÚCAR
PZ.ISABEL, II 1
LUCAR
04887
VALMEDIANA
PLZ REAL ISABEL II, S/N
LUCAR
04887
MACANDEU
AVENIDA RONDA, 33
MACAEL
04867
AL-AYON
C/ HUERTOS S/N
MACAEL
04867
SANTA QUITERIA
PLAZA DE LA ENCARNACIÓN S/N
MARIA
04838
MARIENMA
C/ JULIO ROMERO DE TORRES, 10
LA MOJONERA (EL VISO)
04745
LA JAQUETILLA
C/ MARTÍNEZ FRESNEDA, S/N
NACIMIENTO
04540
CAMPOHERMOSO-ASMUCA
C/ CARMEN NORTE, 22
CAMPOHERMOSO-NÍJAR
04110
VILLA DE NÍJAR
C/ MAESTROS
VILLA DE NÍJAR-NÍJAR
04100
AMUSI
C/ CRISTÓBAL COLON, 2
NÍJAR (SAN ISIDRO)
04117
PUJAIRE CRECE
C/ COLEGIO S/N (LOCAL MUNICIPAL)
NIJAR
(PUJAIRE)
04150
AMM PUJAIRE CRECE PUJAIRE-NIJAR.doc
JACARANDA
C/ SAN MIGUEL, 2
OHANES
04459
AMM JACARANDA OHANES.doc
FRANCISCA CUÉLLAR
C/ ALMERÍA, S/N CASA DE LA JUVENTUD 2º PLANTA
OLULA DEL RÍO
04860
SANTA MARIA LA MAYOR
PLAZA CONSTITUCIÓN, 1
PADULES
04458
ALGASANI
C/ MERCURIO, 7
PECHINA
04250
AMM ALGASANI PECHINA.doc
EL CABAÑIL
C/ MAYOR, 5
RÁGOL
04440
AMM  EL CABAÑIL RAGOL.doc
AVEGLO
C/ ISLAS CIES, 42
AGUADULCE
ROQUETAS DE MAR
04720
INMIGRANTES DE LA REGIÓN DE ANDALUCIA
CRTA. DE LOS MERCADOS, 250
ROQUETAS
04740
SOCIOCULTURAL PUNTA ENTINA
PLAZA DE LAS MARINAS, 8
ROQUETAS. LAS MARINAS
04740
ARTISTAS AMUSAS
C/ SUSPIRO DEL MORO,12
ROQUETAS
AGUADULCE
04720
LA LAGUNA VERDE
C/ ESTACIÓN, S/N
SENÉS
04213
VIRGEN DE LOS REMEDIOS
PLAZA NUEVA, 1º
SERÓN
04890
LAS SERRACENAS
C/ SAN JUAN, 5
SIERRO
04878
LA SOMONTINERA
C/ PILAR
SOMONTIN
04877
ZULEIMA
C/ AIRE, 2
SORBAS
04270
VILLA CARIANA
LOS ALIAS-CARIATIZ,S/N
SORBAS
04270
ESPIGA
PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN, 8
SUFLÍ
04878
DESIERTO DE TERSINA
C/ POZO, 2
TABERNAS
04200
AMM DESIERTO DE TERSINA TABERNAS.doc
ALBAYDA
TABERNO
VIRGEN DE LOS DOLORES
PLAZA JUAN BRETONES
TAHAL
04275
ARRAYAN
AVDA. ROSALÍA DE CASTRO, 6
TERQUE
04569
EL CHORREADOR
C/ HORREADOR-HIGUERAL, S/N
TÍJOLA
04887
AURORA
C/ JORQUERA S/N
TÍJOLA
04880
COLATIVÍ
AVDA. RAFAEL MONTERREAL, 2
TURRILLAS
04211
ABEN HUMEYA
C/ UMBRIA, 7
ULEILA DEL CAMPO
04279
LA CUEVA DE LA MORA
C/ MONTEAGUD, 48
ULEILA DEL CAMPO
04279
ZABILA
C/ MIGUEL HERNANDEZ, 7
URRACAL
04879
LA INMACULADA
CARRERA DEL CARMEN, 26 1º
VÉLEZ-RUBIO
04820
AMUVI
C/ EMPEDRADA, 13 BAJO
VIATOR
04240
CLARA ZELKIN
BULEVAR DE VÍCAR, 792
VICAR. LAS CABAÑUELAS
04738
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